A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cargo propuesto fue resuelto
- Se confirma rechazo por falta de corrección
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recursos de súplica interpuestos en contra de los autos que rechazaron los cargos de inconstitucionalidad formulados en contra de las disposiciones acusadas en la demanda de la referencia.
En este caso se estudiaron dos recursos que se presentaron en el trámite del presente proceso, el cual fue rechazadi porque no se superaron las deficiencias argumentativas identificadas en el auto de inadmisión.
Respecto a la primera impugnación advirtió la Sala que no se confrontaron los motivos expuestos por el despacho sustanciador para establecer la cosa juzgada material y, por ello, determinó confirmar el primer auto de rechazo parcial.
En el segundo recurso determinó la Corporación que: no se presentó la violación del debido proceso alegada; los argumentos presentados por el actor en la corrección y en la súplica no superaron las falencias argumentativas referidas por el despacho y, el demandante se limitó a reiterar las manifestaciones en las que sustentó el rechazo.
Con base en lo anterior, se confirmó igualmente el auto cuestionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el numeral
- primero. del auto del 14 de diciembre de 2020 mediante el cual se rechazo el cargo de inconstitucionalidad formulado por Humberto de Jesus Longas Londono contra el articulo 30 (parcial) de la Ley 863 de 2003, en el expediente bajo radicado D-14062.
- SEGUNDO. CONFIRMAR el auto de 25 de enero de 2021 mediante el cual se rechazaron los cargos de inconstitucionalidad formulados por Humberto de Jesus Longas Londono contra los articulos 51 (parcial) de la Ley 633 de 2000 y 72 (parcial) de la Ley 2010 de 2019, en el expediente bajo radicado D-14062.
- TERCERO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decision al demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
- CUARTO. Ejecutoriada esta decision, ARCHIVAR el expediente D-14062
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.